Abogado boricua demanda
Gobierno EE.UU. por
voto presidencial

Redacción Nueva Isla
El abogado Humberto Cobo Estrella (recuadro superior), quien postula en el foro federal, presentó una demanda contra el Gobierno de Estados Unidos en la cual alega que independientemente que los puertorriqueños residan en la Isla como territorio, les asiste el derecho a votar por el presidente de EE.UU., como parte de las salvaguardas que establece la sección 737 de la Ley de Relaciones Federal de Puerto Rico.
Según argumenta Cobo Estrella, el prohibirle el derecho al voto presidencial a los puertorriqueños, por el mero hecho de residir en el territorio, constituye una violación al derecho de expresión y los derechos constitucionales contenidos en las enmiendas 14 y 15 de la Constitución federal.
La Decimocuarta Enmienda a la Constitución establece la Cláusula del Debido Proceso y la Cláusula sobre protección Igualitaria, que garantiza que ningún Estado de los Estados Unidos podrá negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección igualitaria de derechos.
La Decimoquinta Enmienda a la Constitución establece que los gobiernos en los Estados Unidos no pueden impedir a un ciudadano votar por motivo de su raza, color, o condición anterior de servidumbre (esclavitud).
Por su parte, la sección 737 de la Ley de Relaciones Federales de Puerto Rico, establece que “los derechos, privilegios, e inmunidades de los ciudadanos de Estados Unidos serán respetados en Puerto Rico en la misma medida que Puerto Rico fuera un Estado de la Unión”.
La demanda, en la cual Cobo Estrella aparece como único demandante, también reclama que el(la) comisionado(a) residente debe tener la misma facultad de voto que los demás congresistas.
La demanda está siendo atendida por el juez federal William Young, el mismo que determinó que es inconstitucional que se les nieguen a los puertorriqueños residentes en la Isla los beneficios de los programas federales de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, en inglés), Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, en inglés) y a los subsidios por bajos ingresos (LIS) de la parte D de Medicare.
Con relación al SSI, posteriormente el Tribunal Supremo federal decidió que no es inconstitucional que el Congreso federal le niegue a Puerto Rico acceso al Seguro Social Complementario.