Exjuez Superior y
Apelaciones exige fiscalizar
las clínicas de aborto
Cuestiona conciencia médica Víctor Ramos

Redacción Nueva Isla
lunes 19 de enero de 2026
El debate sobre la constitucionalidad del aborto en Puerto Rico; la aprobación de legislación en torno a los derechos y protección del concebido (ser humano no nacido); la férrea defensa y oposición entre grupos pro vida y pro derechos de la mujer sobre su cuerpo y la terminación de un embarazo no deseado; la inserción obligada de los sectores médicos y salubristas en el tema; el análisis jurisprudencial y la cláusula de supremacía de Estados Unidos, han traído consigo lo que en el argot pueblerino se conoce como un “vallao” en río crecido.
A finales de diciembre del pasado año, la gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto del Senado 504 que busca enmendar el Código Civil de Puerto Rico para reconocer al ser humano en gestación (nasciturus) como “persona natural”, con todos los derechos que conlleva.
La pasada semana volvió a quedar revolcado el hormiguero con la aprobación en el Senado del P. del S. 923, que enmienda el Artículo 92 del Código Penal para establecer que, a los fines de determinar el delito de asesinato, se considerará al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno.
Este tema pica y se extiende, y requeriría de varias páginas para la producción de un justo resumen de datos, hechos y conclusiones jurídicas históricas. Sin embargo, cabe señalar para fines de esta nota, que aunque la ilegalidad o legalidad del aborto en Puerto Rico ha sido cuestionada, ha quedado meridianamente claro que la doctrina no se desvía del asunto salubrista, a fin de salvaguardar la integridad, bienestar y seguridad de la gestante.
El estado de derecho vigente establece que el aborto es ilegal, salvo la excepción de que se produzca con el fin de salvar la vida de la madre y el mismo sea efectuado por un médico debidamente admitido y licenciado para ejercer la práctica de la medicina en Puerto Rico.
En el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Pablo Duarte Mendoza el Tribunal Supremo de Puerto Rico interpretó que el término salud incluía tanto la salud física como la salud mental, abriendo aún más la brecha de legalidad. Sin embargo en el caso federal Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization de el Tribunal Supremo de EE.UU. (2022) dictaminó que no existe un derecho constitucional federal al aborto, anulando los precedentes de Roe v. Wade y Planned Parenthood v. Casey, devolviendo así la autoridad para regular o prohibir el aborto a cada estado. Por lo que en Puerto Rico, bajo la cláusula de supremacía federal, prevalece que el aborto es ilegal, salvo la excepción antes mencionada.
Lupa sobre las clínicas de aborto:
A los efectos antes expuestos, solo pueden practicarse abortos con diagnóstico médico en Puerto Rico, en clínicas especializadas certificadas por el Departamento de Salud (DS).
Existen alegaciones de que presuntamente en algunas de esas clínicas se practican abortos fuera de los parámetros de ley e inclusive que médicos inescrupulosos se han prestado para diagnósticos y certificaciones fraudulentas para efectuar abortos en medio de intereses de lucro.
Reconocidas figuras del sector pro vida han estado expresando su inquietud en torno a que se investiguen estas alegaciones y a estas clínicas.
Uno de ellos fue el excandidato a la gobernación de Puerto Rico y exalcalde de San Sebastián, Javier Jiménez Pérez, quien presentó una solicitud formal en agosto de 2025 ante la Secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres, alertando sobre la aparente operación ilegal de cinco clínicas de aborto en la isla, en abierta violación al Código Penal de Puerto Rico.
Juez exige fiscalizar y cuestiona conciencia médica de Víctor Ramos:
El pasado fin de semana, el exjuez retirado, Lcdo. Jorge L. Escribano, expresó una inquietud similar en el programa “Expertos en nada”, del periodista independiente Fernand Reyes, de Bunker TV, que se transmite en YouTube, en el cual exige al secretario de Salud, Víctor Ramos Otero que haga su funciones ministeriales e investigue y fiscalice a esas clínicas.
El exjuez de los tribunales Superior y de Apelaciones, expresó sobre la función de las clínicas: “Lo único que pueden hacer es atender a una paciente que su vida esté en riesgo y su determinación médica tiene que ir dirigida a a evitar ese daño a la paciente. No pueden ir con $300 o $500 pesos, como hacen en muchos casos, a sacarse un bebé porque sí. Así de fácil”, expresó el experimentado jurista.
El periodista interrumpió a Escribano y cuestionó: “Por eso, pero podemos entender que resultado de cada file, de cada caso, en cada clínica, dice que es que estaba en riesgo la vida de la madre”, señaló Reyes.
A dichas aseveraciones Escribano respondió: “Bueno, lo que pasa es que el Estado, fíjate, tiene que asegurarse que el servicio en esas clínicas sea el correcto. Pero para eso tú necesitas un departamento de salud. O sea, si no lo tienes, eehh, con su deber constitucional legal, que es supervisar esas clínicas. Por ejemplo, en abril… cuando se estaba discutiendo el proyecto 297, el señor secretario de Salud (Víctor Ramos Otero), eso está grabado en las vistas de la Cámara, dijo que los casos que llegan a los hospitales son emergencia; que los casos que llegan a las clínicas de aborto son electivos. ¡ O sea, él sabe que mucha gente está yendo allí a sacarse un bebé porque sí!”, afirmó el licenciado.
“Pero pregúntate, ya lleva un año en el cargo ¿a cuántas clínicas él ha visitado?¿a cuántos expedientes ha ido?¿no ha hecho un arqueo de expedientes? sacar 50, 60 expedientes a ver qué notas hay ahí, si es que existen expedientes médicos. O sea, eso él no lo hace. No lo hace y yo me auguro que no lo va a hacer. Porque para eso se requiere tener una conciencia médica, una conciencia de ley, de hacer cumplir la ley en Puerto Rico”, agregó el exjuez, quien fue nombrado miembro de la Comisión de Evaluación Judicial de Puerto Rico, organismo del Poder Judicial que evalúa el desempeño de los jueces y juezas para promover la excelencia y recomendar ascensos.




