Tribunal Supremo mantiene
en curso y a todo vapor
cuestionable plebiscito estatus

Redacción Nueva Isla
El cuestionable plebiscito de estatus a ser realizado simultáneamente el 5 de noviembre, día de las elecciones generales en Puerto Rico, se mantiene vigente y a todo vapor tras la decisión del Tribunal Supremo de desestimar el recurso legal sometido por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) solicitando que se declarara inconstitucional la Ley 165 de 2020, mediante la cual el gobernador Pedro Pierluisi convocó la consulta sin necesidad de aval legislativo.
La opinión emitida por el más alto foro judicial del país, redactada por la jueza asociada Mildred Pabón Charneco con votos disidentes de la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y el juez Ángel Colón Pérez, lee como sigue: «Luego de un examen detallado de las disposiciones cuestionadas y de las alegaciones presentadas por la parte peticionaria, concluimos que la Asamblea Legislativa proveyó al Ejecutivo criterios de principios inteligibles para delegarle la facultad de convocar el plebiscito.
Asimismo, concluimos que el gobernador se ajustó a la delegación concedida, no excedió el mandato de ley ni actuó de forma arbitraria o caprichosa al proclamar la Orden Ejecutiva OE-2024-016”, reza el documento.
Este plebiscito de estatus, denominado «simbólico» por el propio Partido Nuevo Progresista (PNP), toda vez que se tornó académico al ser incluido en 2024 en la plataforma de gobierno del Partido Demócrata, la realización de una consulta de estatus vinculante con aval congresional, con fórmulas no territoriales ni coloniales, conforme a la orden presidencial de 2011 de Barack Obama, no tendría efecto alguno, más allá del gasto y una ratificación de intención electoral tipo encuesta.
Hablamos de la séptima consulta de estatus, toda vez que en los años 1967, 1993, 1998, 2012, 2017 y 2020 se realizaron consultas de estatus. Consultas no vinculantes, similares a la que se volverá a hacer este año, que no obligaban al Congreso a aceptar y validar los resultados mediante un proceso inmediato de descolonización, por lo cual quedaron plasmados en la historia como procesos electorales fútiles e infructuosos.
Las opciones que aparecerán en la papeleta del 5 de noviembre serán: estadidad, libre asociación e independencia, por ser estas fórmulas no coloniales ni territoriales.
Nuevamente queda excluido el Estado Libre Asociado (ELA).
Reacciona candidato a la gobernación del PIP:
El candidato a la gobernación del PIP y la denominada «Alianza» con el partido Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Juan Dalmau reaccionó a la determinación del Supremo: “Esta determinación del Tribunal Supremo no debe sorprender a nadie. Es el más reciente recordatorio al País de la urgencia y necesidad de instaurar un mecanismo para la selección y nombramiento de jueces que garantice un balance en la composición del Tribunal Supremo y erradique la intromisión partidista en el proceso. No puede continuar lo que hoy sufrimos: el control absoluto de un partido en el proceso electoral y procesos judiciales. Sobre la acción política que tomaremos con respecto a la papeleta del plebiscito, próximamente lo anunciaremos”, expresó Dalmau en declaraciones escritas.
Reacciona la candidata a la gobernación del PNP:
La candidata a la gobernación por el Partido Nuevo Progresista (PNP), Jenniffer González Colón reaccionó a la determinación: «La decisión del Tribunal Supremo de validar la celebración del plebiscito, le pone un alto al Partido Independentista y a la izquierda que querían usurpar el derecho a la libertad de expresión y al poder de escoger nuestro futuro político en las urnas como se hace en las democracias. ¡Basta ya de los partidos políticos que quieren imponer el inmovilismo y censurar nuestra libertad del voto, este 5 noviembre votemos todos por defender nuestros derechos democráticos, por nuestras libertades, por la ciudadanía americana, por la unión permanente, votemos por la Igualdad, por la Estadidad para Puerto Rico!”, expresó González Colón en sus redes.


